Las energías renovables están de enhorabuena

Las energías renovables están de enhorabuena
23
Sep

El Gobierno hace un guiño a las renovables al reducir al mínimo los avales de acceso a la red

La principal beneficiada es la fotovoltaica que tenía que abonar 500 euros por kW instalado y a partir de ahora todas las nuevas plantas pagarán 10 euros por kW

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El Gobierno que impuso una moratoria a la industria fotovoltaica en 2012 y que dos años después la extendió a todas las renovables quiere finalizar su mandato con un guiño a los productores de renovables. El Ministerio de Industria, Energía y Turismo está a punto de aprobar un Real Decreto por el que se modifican distintas disposiciones del sector eléctrico. El proyecto de RD, al que ha tenido acceso este diario, tiene como principal cambio que las nuevas instalaciones de renovables ya no tendrán que poner un aval desmesurado para poder engancharse a la red.

Una de las grandes trabas económicas de las instalaciones de renovables era que tenían que poner un aval de 20 euros por kilovatio instalado por tener acceso a la red de transporte y otros tantos por tener acceso a la red de distribución eléctrica. En el caso de la energía solar fotovoltaica, este aval se disparaba a 500 euros por kilovatio. Es decir, que por una instalación de un megavatio, el productor de turno tenía que conseguir un aval bancario de 500.000 euros, es decir, poseer bienes valorados por ese dinero. Eso sí, en cuanto la planta ya estuviese construida y puesta en funcionamiento, ese aval se devolvería.

Ahora, el borrador de Real Decreto dice en su artículo 1 que se modifica el artículo 59 bis del RD 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica. Este cambio afirma que “para las instalaciones de producción, el solicitante, antes de realizar la solicitud de acceso a la red de transporte deberá presentar, ante el órgano competente para otorgar la autorización de la instalación, resguardo acreditativo de haber depositado una garantía económica por una cuantía equivalente a 10 €/kW instalados”.

El cambio es sustancioso. Se ha reducido a la mitad el aval para la mayoría de las instalaciones, y en el caso de la fotovoltaica se ha reducido en un 98%. Una de las mayores quejas de la industria solar era esta traba que no permitía desarrollar proyectos. Al cambio regulatorio con carácter retroactivo había que añadirle además esta barrera. Por ejemplo, los gobiernos de Canarias y Baleares se quejaron al Ministerio de que era imposible para los productores afrontar esta traba económica.

El Gobierno así lo reconoce en el preámbulo del borrador del Real Decreto. “Se ha puesto de manifiesto la existencia de un número muy significativo de nuevos proyectos de generación de energía eléctrica, fundamentalmente de energías renovables, que debieran considerarse en las estimaciones de capacidad de producción futura y de cumplimiento de objetivos europeos en materia de renovables”, explica el documento.

“Al objeto de tener en cuenta aquella potencia que con una probabilidad elevada vaya a ser ejecutada, es necesaria la prestación de garantías económicas para asegurar la finalización de las instalaciones, de manera que pueda preverse con un nivel de certidumbre mayor la necesidad de nuevas redes y, en su caso, de servicios de respaldo”, reza el preámbulo.

Asimismo, la garantía económica será cancelada cuando el peticionario obtenga la autorización de explotación definitiva de la instalación. Además, el desistimiento en la construcción de la instalación, la caducidad de los procedimientos de autorización administrativa de la instalación o el incumplimiento de los plazos previstos en las autorizaciones preceptivas supondrá la ejecución de la garantía. Ello no obstante, la Dirección General de Política Energética y Minas podrá exceptuar la ejecución de la garantía depositada por el titular de una instalación, si el desistimiento en la construcción de la misma viene dado por circunstancias impeditivas que no fueran ni directa ni indirectamente imputables al interesado y así fuera solicitado por éste a la Dirección General de Política Energética y Minas.

Lo que sucede en el artículo 59 bis también se produce en el artículo 66 bis del RD 1955/2010, por lo que los avales para tramitar la solicitud de acceso a la red de distribución serán los mismos que para la red de transporte. Es decir, que el aval será ahora de 10 euros por kilovatio instalado cuando antes era de 20 euros por kilovatio para las instalaciones nuevas del rérgimen especial a excepción de al fotovoltaica que era de 500 euros por kW.

En definitiva, el Gobierno elimina las trabas económicas de los avales de acceso a la red para que se desarrollen nuevos proyectos de energías renovables en España. El guiño está hecho. ¿Será porque se acercan las elecciones generales?

Fuente: elperiodicodelaenergia.com
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