FORMACIÓN CONTINUA

FORMACIÓN CONTINUA BONIFICADA PARA TRABAJADORES

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Sfera Ambiental, ofrece un listado de cursos de formación en presencial, in company y online (E – LEARNING) bonificados a través de la Fundación Tripartita, para que así sean 100 % bonificables y a coste cero para la empresa.

Todas las empresas disponen de un crédito para la formación de sus trabajadores a través del pago de los seguros sociales. Estos créditos de bonificación son anuales, es decir, se tienen que consumir dentro de un  mismo año, porque no se pueden sumar a los del año siguiente. Si no se invierten en formación se pierde.

Desde nuestro departamento de formación nos encargamos de realizar  todos los trámites necesarios ante la Fundación Tripartita para gestionar la bonificación económica de la formación de los trabajadores de su empresa de forma totalmente gratuita.

Las empresas que cotizan por la contingencia de Formación Profesional dispondrán de un Crédito anual para Formación Continua, que resultará de aplicar a la cuantía ingresada por la empresa en concepto de formación profesional durante el año anterior, el porcentaje de Bonificación que se establezca en la Ley anual de Presupuestos Generales del Estado en función del tamaño de las empresas. Dicho crédito será 100% deducible de los boletines de cotización de la Seguridad Social, por lo que los cursos se bonificarán a su finalización. (R.D. 395/2007, de 23 de Marzo).

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1. Conoce las necesidades formativas de tu empresa

En primer lugar es conveniente detectar las necesidades formativas de los empleados de la organización. Siempre hay lugar para la mejora de competencias, por lo que debe estudiarse cada caso por separado para que la formación sea eficaz y funcional.

2. Adhesión al Convenio de Agrupación de Empresas

Este documento no compromete a la realización del curso, pero nos permite diseñar el plan formativo de cada empresa ya que nos aporta datos específicos de la organización. ¿Tienes representante legal de trabajadores? Si es que sí, infórmale de los cursos a impartir.

3. Creación del plan de formación

Una vez conocidas las necesidades y los datos de la organización se establece el plan de formación adaptado a cada caso.

4. Matrícula de los alumnos

Previo al comienzo de la formación, los alumnos deben matricularse en los cursos.

5. Impartición de la formación

Durante el plazo acordado, se desarrollará la formación prevista. Esta cuenta con el respaldo de tutores, material didáctico y plataforma de formación. Además realizamos un seguimiento exhaustivo del correcto progreso del mismo de forma que la formación se lleve a cabo satisfactoriamente.

6. Entrega de diplomas

Una vez finalizada la formación se procede a la entrega de diplomas a aquellos alumnos que han aprobado el curso. Además se debe rellenar el cuestionario de calidad, de forma que conozcamos los puntos fuertes y débiles del mismo.

7. Finalización de la formación

Por último, se notifica tanto al alumno aprobado, empresa y asesoría el fin del curso para poder proceder a la bonificación del mismo.

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¿Qué cantidad le corresponde a su empresa?

Para saber que cuantía de subvención tiene su empresa  rellene el formulario adjunto y en 24 horas le informaremos, sin ningún compromiso por su parte, de la cantidad que le corresponde a su empresa.

A partir de ahora, su empresa dispone de una bonificación anual para la formación de sus trabajadores, que se puede hacer efectiva descontándola de la cuota de la Seguridad Social del mes siguiente de realizado la formación.

Si utiliza el dinero que su empresa tiene asignado para invertir en formación (crédito formativo), no sólo se beneficiará a COSTE CERO de la formación recibida, sino que además obtendrá beneficios fiscales. Tenga en cuenta que los gastos en formación no sólo son deducibles al 100% en las cuotas de la SS (cuantía limitada en función del tamaño de la empresa) sino que además:

“Los gastos de formación del personal, dan derecho a una deducción en la cuota de los impuestos sobre la renta y sociedades del 5% sobre ese impuesto (Art. 26.4 Ley 61/1978 según modificación introducida por el Art. 74 Ley de Presupuestos para 1995 y Art. 78.5 Ley 18/1991)”.

Recuerde que esto no supone ningún tipo de coste económico ni carga administrativa para su empresa, nos ocupamos de realizar todas las gestiones con la Fundación Tripartita.

Descargate documento de adhesión y  beneficiate de las ventajas de los créditos formativos
Adhesión al Convenio de Agrupación de Empresas 2015

Descarga la matrícula y empieza a formar a tus trabajadores, marca la diferencia
Matrícula 2015

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